Directiva (UE) 2022/2555 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022
Relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de ciberseguridad en toda la Unión,
por la que se modifican el Reglamento (UE) № 910/2014 y la Directiva (UE) 2018/1972 y por la que se deroga la Directiva (UE) 2016/1148 (Directiva SRI 2) (Texto pertinente a efectos del EEE)- Consideraciones
CAPÍTULO I — DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO II — MARCOS DE CIBERSEGURIDAD COORDINADOS
- Artículo 7 — Estrategia nacional de ciberseguridad
- Artículo 8 — Autoridades competentes y puntos de contacto únicos
- Artículo 9 — Marcos nacionales de gestión de crisis de ciberseguridad
- Artículo 10 — Equipos de respuesta a incidentes de seguridad informática (CSIRT)
- Artículo 11 — Obligaciones, capacidades técnicas y cometidos de los CSIRT
- Artículo 12 — Divulgación coordinada de las vulnerabilidades y una base de datos europea de vulnerabilidades
- Artículo 13 — Cooperación a escala nacional
CAPÍTULO III — COOPERACIÓN A NIVEL DE LA UNIÓN E INTERNACIONAL
- Artículo 14 — Grupo de Cooperación
- Artículo 15 — Red de CSIRT
- Artículo 16 — Red europea de organizaciones de enlace para las crisis de ciberseguridad (EU-CyCLONe)
- Artículo 17 — Cooperación internacional
- Artículo 18 — Informe sobre la situación de la ciberseguridad en la Unión
- Artículo 19 — Revisiones interpares
CAPÍTULO IV — MEDIDAS PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS DE CIBERSEGURIDAD Y OBLIGACIONES DE NOTIFICACIÓN
- Artículo 20 — Gobernanza
- Artículo 21 — Medidas para la gestión de riesgos de ciberseguridad
- Artículo 22 — Evaluaciones coordinadas de los riesgos de seguridad de las cadenas de suministro críticas a escala de la Unión
- Artículo 23 — Obligaciones de notificación
- Artículo 24 — Utilización de esquemas europeos de certificación de la ciberseguridad
- Artículo 25 — Normalización
CAPITULO V — JURISDICCIÓN Y REGISTRO
CAPÍTULO VI — INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN
CAPITULO VII — SUPERVISIÓN Y EJECUCIÓN
- Artículo 31 — Aspectos generales relativos a la supervisión y la ejecución
- Artículo 32 — Medidas de supervisión y ejecución relativas a entidades esenciales
- Artículo 33 — edidas de supervisión y ejecución en relación con entidades importantes
- Artículo 34 — Condiciones generales para la imposición de multas administrativas a entidades esenciales e importantes
- Artículo 35 — Incumplimientos que conllevan una violación de la seguridad de los datos personales
- Artículo 36 — Sanciones
- Artículo 37 — Asistencia mutua
CAPÍTULO VIII — ACTOS DELEGADOS Y DE EJECUCIÓN
CAPÍTULO IX — DISPOSICIONES FINALES
- Final
- ANEXO I — SECTORES DE ALTA CRITICIDAD
- ANEXO II — OTROS SECTORES CRÍTICOS
- ANEXO III — TABLA DE CORRESPONDENCIAS