Directiva (UE) 2019/2034 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019
Relativa a la supervisión prudencial de las empresas de servicios de inversión,
y por la que se modifican las Directivas 2002/87/CE, 2009/65/CE, 2011/61/UE, 2013/36/UE, 2014/59/UE y 2014/65/UE (Texto pertinente a efectos del EEE)- Consideraciones
TÍTULO I — OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
TÍTULO II — AUTORIDADES COMPETENTES
- Artículo 4 — Designación y facultades de las autoridades competentes
- Artículo 5 — Facultad discrecional de las autoridades competentes para someter a determinadas empresas de servicios de inversión a los requisitos del Reglamento (UE) n.o 575/2013
- Artículo 6 — Cooperación dentro de un Estado miembro
- Artículo 7 — Cooperación dentro del Sistema Europeo de Supervisión Financiera
- Artículo 8 — Dimensión de la supervisión a escala de la Unión
TÍTULO III — CAPITAL INICIAL
TÍTULO IV — SUPERVISIÓN PRUDENCIAL
CAPÍTULO 1 — Principios de la supervisión prudencial
Sección 1 — Competencias y obligaciones de los Estados miembros de origen y de acogida
Sección 2 — Secreto profesional y deber de información
Sección 3 — Sanciones, facultades de investigación y derecho de recurso
- Artículo 18 — Sanciones administrativas y otras medidas administrativas
- Artículo 19 — Facultades de investigación
- Artículo 20 — Publicación de las sanciones administrativas y de otras medidas administrativas
- Artículo 21 — Notificación de las sanciones a la ABE
- Artículo 22 — Notificación de los incumplimientos
- Artículo 23 — Derecho de recurso
CAPÍTULO 2 — Proceso de revisión
Sección 1 — Proceso de evaluación de la adecuación del capital interno y proceso de evaluación del riesgo interno
Sección 2 — Gobernanza interna, transparencia, tratamiento de los riesgos y remuneraciones
- Artículo 25 — Ámbito de aplicación de la presente sección
- Artículo 26 — Gobernanza interna
- Artículo 27 — Comunicación de información por país
- Artículo 28 — Función del órgano de dirección en la gestión de los riesgos
- Artículo 29 — Tratamiento de los riesgos
- Artículo 30 — Políticas de remuneración
- Artículo 31 — Empresas de servicios de inversión que se benefician de ayudas financieras públicas extraordinarias
- Artículo 32 — Remuneración variable
- Artículo 33 — Comité de remuneraciones
- Artículo 34 — Vigilancia de las políticas de remuneración
- Artículo 35 — Informe de la ABE sobre los riesgos en materia ambiental, social y de gobernanza
Sección 3 — Proceso de revisión y evaluación supervisoras
Sección 4 — Medidas y facultades de supervisión
- Artículo 38 — Medidas de supervisión
- Artículo 39 — Facultades de supervisión
- Artículo 40 — Requisito de fondos propios adicionales
- Artículo 41 — Directrices sobre fondos propios adicionales
- Artículo 42 — Requisitos específicos de liquidez
- Artículo 43 — Cooperación con las autoridades de resolución
- Artículo 44 — Requisitos de publicación
- Artículo 45 — Obligación de informar a la ABE
CAPÍTULO 3 — Supervisión de grupos de empresas de servicios de inversión
Sección 1 — Supervisión de grupos de empresas de servicios de inversión en base consolidada y supervisión del cumplimiento con la prueba de capital del grupo
Sección 2 — Sociedades de cartera de inversión, sociedades financieras mixtas de cartera y sociedades mixtas de cartera
- Artículo 51 — Inclusión de las sociedades de cartera en la supervisión del cumplimiento de la prueba de capital del grupo
- Artículo 52 — Cualificación de los administradores
- Artículo 53 — Sociedades mixtas de cartera
- Artículo 54 — Sanciones
- Artículo 55 — Evaluación de la supervisión de terceros países y otras técnicas de supervisión
- Artículo 56 — Cooperación con las autoridades supervisoras de terceros países
TÍTULO V — PUBLICACIÓN POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES
TÍTULO VI — ACTOS DELEGADOS
TÍTULO VII — MODIFICACIÓN DE OTRAS DIRECTIVAS
- Artículo 59 — Modificación de la Directiva 2002/87/CE
- Artículo 60 — Modificación de la Directiva 2009/65/CE
- Artículo 61 — Modificación de la Directiva 2011/61/UE
- Artículo 62 — Modificación de la Directiva 2013/36/UE
- Artículo 63 — Modificación de la Directiva 2014/59/UE
- Artículo 64 — Modificación de la Directiva 2014/65/UE
TÍTULO VIII — DISPOSICIONES FINALES
- Final