Reglamento de Ejecución (UE) 2018/574 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2017,
Relativo a las normas técnicas para el establecimiento y el funcionamiento de un sistema de trazabilidad para los productos del tabaco (Texto pertinente a efectos del EEE. )
- Consideraciones
CAPÍTULO I — OBJETO Y DEFINICIONES
CAPÍTULO II — ESPECIFICACIONES TÉCNICAS RELATIVAS AL IDENTIFICADOR ÚNICO
SECCIÓN 1 — Disposiciones comunes
SECCIÓN 2 — Identificadores únicos a nivel de las unidades de envasado
- Artículo 6 — Marcado mediante identificadores únicos a nivel de las unidades
- Artículo 7 — Verificación de los identificadores únicos a nivel de las unidades
- Artículo 8 — Estructura de los identificadores únicos a nivel de las unidades
- Artículo 9 — Solicitud y emisión de identificadores únicos a nivel de las unidades
SECCIÓN 3 — Identificadores únicos a nivel de los envases agregados
- Artículo 10 — Marcado mediante identificadores únicos a nivel de los agregados
- Artículo 11 — Estructura de los IU a nivel de los agregados generados por emisores de ID
- Artículo 12 — Enlace entre los niveles de IU
- Artículo 13 — Solicitud y emisión de IU a nivel de los agregados generados por emisores de ID
CAPÍTULO III — CÓDIGOS IDENTIFICADORES PARA OPERADORES ECONÓMICOS, INSTALACIONES Y MÁQUINAS
- Artículo 14 — Solicitud de un código identificador de operador económico
- Artículo 15 — Emisión y registro de códigos identificadores de operador económico
- Artículo 16 — Solicitud de un código identificador de instalación
- Artículo 17 — Emisión y registro de los códigos identificadores de instalación
- Artículo 18 — Solicitud de un código identificador de máquina
- Artículo 19 — Emisión y registro de los códigos identificadores de máquina
- Artículo 20 — Transferencia de archivos planos sin conexión y registros
CAPÍTULO IV — SOPORTES DE DATOS
CAPÍTULO V — SISTEMA DE REPOSITORIOS
- Artículo 24 — Componentes del sistema de repositorios
- Artículo 25 — Características generales del sistema de repositorios
- Artículo 26 — Repositorios primarios
- Artículo 27 — Repositorio secundario
- Artículo 28 — Tareas de coordinación del proveedor del repositorio secundario
- Artículo 29 — Enrutador
- Artículo 30 — Costes del sistema de repositorios
- Artículo 31 — Plazo para el establecimiento del sistema de repositorios
CAPÍTULO VI — REGISTRO Y TRANSMISIÓN
CAPÍTULO VII — DISPOSICIONES FINALES
- Final
- ANEXO I — PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LOS PROVEEDORES TERCEROS INDEPENDIENTES DE SISTEMAS DE REPOSITORIOS
- ANEXO II — Mensajes clave que deben enviar los operadores económicos