Reglamento (UE) 2017/2402 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017,
Por el que se establece un marco general para la titulización y se crea un marco específico para la titulización simple, transparente y normalizada,
y por el que se modifican las Directivas 2009/65/CE, 2009/138/CE y 2011/61/UE y los Reglamentos (CE) № 1060/2009 y (UE) № 648/2012- Consideraciones
CAPÍTULO 1 — DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO 2 — DISPOSICIONES APLICABLES A TODAS LAS TITULIZACIONES
- Artículo 5 — Requisitos de diligencia debida para los inversores institucionales
- Artículo 6 — Retención de riesgo
- Artículo 7 — Requisitos de transparencia aplicables a las originadoras, patrocinadoras y SSPE
- Artículo 8 — Prohibición de la retitulización
- Artículo 9 — Criterios aplicables a la concesión de créditos
CAPÍTULO 3 — CONDICIONES Y PROCEDIMIENTOS DE INSCRIPCIÓN DE LOS REGISTROS DE TITULIZACIONES
- Artículo 10 — Inscripción de los registros de titulizaciones
- Artículo 11 — Notificación de la solicitud y consulta con las autoridades competentes previa a la inscripción o la ampliación de inscripción
- Artículo 12 — Examen de la solicitud
- Artículo 13 — Notificación de las decisiones de la AEVM relativas a la inscripción o la ampliación de inscripción
- Artículo 14 — Facultades de la AEVM
- Artículo 15 — Baja registral
- Artículo 16 — Tasas de supervisión
- Artículo 17 — Disponibilidad de los datos contenidos en los registros de titulizaciones
CAPÍTULO 4 — TITULIZACIÓN SIMPLE, TRANSPARENTE Y NORMALIZADA
- Artículo 18 — Uso de la denominación titulización simple, transparente y normalizada
SECCIÓN 1 — Requisitos de una titulización tradicional no ABCP simple, transparente y normalizada
SECCIÓN 2 — Requisitos de una titulización ABCP simple, transparente y normalizada
SECCIÓN 2 bis — Requisitos de unas titulizaciones de balance simples, transparentes y normalizadas
- Artículo 26 bis — Titulización de balance simple, transparente y normalizada
- Artículo 26 ter — Requisitos relativos a la simplicidad
- Artículo 26 quater — Requisitos relativos a la normalización
- Artículo 26 quinquies — Requisitos relativos a la transparencia
- Artículo 26 sexies — Requisitos relativos al acuerdo de cobertura del riesgo de crédito, el agente de verificación tercero y el exceso de margen sintético
SECCIÓN 3 — Notificación STS
CAPÍTULO 5 — SUPERVISIÓN
- Artículo 29 — Designación de las autoridades competentes
- Artículo 30 — Facultades de las autoridades competentes
- Artículo 31 — Supervisión macroprudencial del mercado de titulización
- Artículo 32 — Sanciones administrativas y medidas correctoras
- Artículo 33 — Ejercicio de la facultad de imponer sanciones administrativas y medidas correctoras
- Artículo 34 — Sanciones penales
- Artículo 35 — Obligaciones de notificación
- Artículo 36 — Cooperación entre las autoridades competentes y las AES
- Artículo 37 — Publicación de las sanciones administrativas
CAPÍTULO 6 — MODIFICACIONES
- Artículo 38 — Modificación de la Directiva 2009/65/CE
- Artículo 39 — Modificación de la Directiva 2009/138/CE
- Artículo 40 — Modificación del Reglamento (CE) n.o 1060/2009
- Artículo 41 — Modificación de la Directiva 2011/61/UE
- Artículo 42 — Modificación del Reglamento (UE) n.o 648/2012
- Artículo 43 — Disposiciones transitorias
- Artículo 43 bis — Disposiciones transitorias para las titulizaciones STS de balance
- Artículo 44 — Informes
- Artículo 45 bis — Desarrollo de un marco de titulización sostenible
- Artículo 46 — Revisión
- Artículo 47 — Ejercicio de la delegación
- Artículo 48 — Entrada en vigor
- Final