Directiva 2014/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014,
Relativa a la orden europea de investigación en materia penal
- Consideraciones
CAPÍTULO I — LA ORDEN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN
CAPÍTULO II — PROCEDIMIENTOS Y SALVAGUARDIAS PARA EL ESTADO DE EMISIÓN
CAPÍTULO III — PROCEDIMIENTOS Y SALVAGUARDIAS PARA EL ESTADO DE EJECUCIÓN
- Artículo 9 — Reconocimiento y ejecución
- Artículo 10 — Recurso a medidas de investigación distintas
- Artículo 11 — Motivos de denegación del reconocimiento o de la ejecución
- Artículo 12 — Límites temporales para el reconocimiento o la ejecución
- Artículo 13 — Traslado de pruebas
- Artículo 14 — Vías de recurso
- Artículo 15 — Motivos para aplazar el reconocimiento o la ejecución
- Artículo 16 — Obligación de información
- Artículo 17 — Responsabilidad penal en relación con los funcionarios
- Artículo 18 — Responsabilidad civil en relación con los funcionarios
- Artículo 19 — Confidencialidad
- Artículo 21 — Costes
CAPÍTULO IV — DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA DETERMINADAS MEDIDAS DE INVESTIGACIÓN
- Artículo 22 — Traslado temporal de detenidos al Estado de emisión con el fin de llevar a cabo una medida de investigación
- Artículo 23 — Traslado temporal de detenidos al Estado de ejecución con el fin de llevar a cabo una medida de investigación
- Artículo 24 — Comparecencia por videoconferencia u otros medios de transmisión audiovisual
- Artículo 25 — Comparecencia por conferencia telefónica
- Artículo 26 — Información sobre cuentas bancarias y otro tipo de cuentas financieras
- Artículo 27 — Información sobre operaciones bancarias y otro tipo de operaciones financieras
- Artículo 28 — Medidas de investigación que impliquen la obtención de pruebas en tiempo real, de manera continua y durante un determinado período de tiempo
- Artículo 29 — Investigaciones encubiertas
CAPÍTULO V — INTERVENCIÓN DE TELECOMUNICACIONES
CAPÍTULO VI — MEDIDAS CAUTELARES
CAPÍTULO VII — DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO A — ORDEN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN (OEI)
- ANEXO B — CONFIRMACIÓN DE LA RECEPCIÓN DE UNA OEI
- ANEXO C — NOTIFICACIÓN
- ANEXO D — CATEGORÍAS DE DELITOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 11