Reglamento (UE) № 1315/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013 ,
Sobre las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la Red Transeuropea de Transporte,
y por el que se deroga la Decisión № 661/2010/UE Texto pertinente a efectos del EEE- Consideraciones
CAPÍTULO I — PRINCIPIOS GENERALES
- Artículo 1 — Objeto
- Artículo 2 — Ámbito de aplicación
- Artículo 3 — Definiciones
- Artículo 4 — Objetivos de la red transeuropea de transporte
- Artículo 5 — Una red que utilice eficientemente los recursos
- Artículo 6 — Estructura de doble capa de la red transeuropea de transporte
- Artículo 7 — Proyectos de interés común
- Artículo 8 — Cooperación con terceros países
CAPÍTULO II — RED GLOBAL
- Artículo 9 — Disposiciones generales
- Artículo 10 — Prioridades de carácter general
SECCIÓN 1 — Infraestructura de transporte ferroviario
SECCIÓN 2 — Infraestructura de vías navegables interiores
SECCIÓN 3 — Infraestructuras de transporte por carretera
SECCIÓN 4 — Infraestructura de transporte marítimo y autopistas del mar
SECCIÓN 5 — Infraestructura de transporte aéreo
SECCIÓN 6 — Infraestructuras de transporte multimodal
SECCIÓN 7 — Disposiciones comunes
- Artículo 30 — Nodos urbanos
- Artículo 31 — Aplicaciones telemáticas
- Artículo 32 — Servicios de transporte de mercancías sostenible
- Artículo 33 — Nuevas tecnologías e innovación
- Artículo 34 — Seguridad física y operacional de las infraestructuras
- Artículo 35 — Resistencia de las infraestructuras frente al cambio climático y las catástrofes
- Artículo 36 — Protección del medio ambiente
- Artículo 37 — Accesibilidad para todos los usuarios
CAPÍTULO III — RED BÁSICA
CAPÍTULO IV — REALIZACIÓN DE LA RED BÁSICA MEDIANTE CORREDORES DE LA RED BÁSICA
- Artículo 42 — El instrumento de los corredores de la red básica
- Artículo 43 — Definición de corredores de la red básica
- Artículo 44 — Lista de corredores de la red básica
- Artículo 45 — Coordinación de los corredores de la red básica
- Artículo 46 — Gobernanza de los corredores de la red básica
- Artículo 47 — Plan de trabajo
- Artículo 48 — Cooperación con los corredores ferroviarios de mercancías
CAPÍTULO V — DISPOSICIONES COMUNES
- Artículo 49 — Actualización e informes
- Artículo 50 — Relación con partes interesadas públicas y privadas
- Artículo 51 — Principios subyacente para la evaluación de los análisis de rentabilidad socioeconómica y del valor añadido europeo
- Artículo 52 — Procedimiento del Comité
- Artículo 53 — Ejercicio de la delegación
- Artículo 54 — Examen
- Artículo 55 — Autoridad única de contacto
- Artículo 56 — Retraso en la finalización de la red básica
- Artículo 57 — Exenciones
- Artículo 58 — Disposiciones transitorias
- Artículo 59 — Derogación
- Artículo 60 — Entrada en vigor
ANNEX