Reglamento (UE) № 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012 ,
Relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones Texto pertinente a efectos del EEE
European Market Infrastructure Regulation – EMIR
- Consideraciones
TÍTULO I — OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
TÍTULO II — COMPENSACIÓN, NOTIFICACIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE LOS DERIVADOS EXTRABURSÁTILES
- Artículo 4 — Obligación de compensación
- Artículo 4 bis — Contrapartes financieras sujetas a la obligación de compensación
- Artículo 5 — Procedimiento aplicable a la obligación de compensación
- Artículo 6 — Registro público
- Artículo 6 bis — Suspensión de la obligación de compensación
- Artículo 6 ter — Suspensión de la obligación de compensación en caso de resolución
- Artículo 7 — Acceso a las ECC
- Artículo 8 — Acceso a la plataforma de negociación
- Artículo 9 — Obligación de información
- Artículo 10 — Contrapartes no financieras
- Artículo 11 — Técnicas de reducción del riesgo aplicables a los contratos de derivados extrabursátiles no compensados por una ECC
- Artículo 12 — Sanciones
- Artículo 13 — Mecanismo para evitar las normas contradictorias o que constituyan repeticiones innecesarias
- Artículo 13 bis — Modificaciones de contratos preexistentes a fin de aplicar reformas de los índices de referencia
TÍTULO III — AUTORIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LAS ECC
CAPÍTULO 1 — Condiciones y procedimientos de autorización de las ECC
- Artículo 14 — Autorización de las ECC
- Artículo 15 — Ampliación de las actividades y servicios
- Artículo 16 — Requisitos de capital
- Artículo 17 — Procedimiento de concesión y denegación de la autorización
- Artículo 18 — Colegios
- Artículo 19 — Dictamen del colegio
- Artículo 20 — Revocación de la autorización
- Artículo 21 — Revisión y evaluación
CAPÍTULO 2 — Supervisión y vigilancia de las ECC
CAPÍTULO 3 — Cooperación
CAPÍTULO 3 BIS — Comité de Supervisión de las ECC
CAPÍTULO 4 — Relaciones con terceros países
- Artículo 25 — Reconocimiento de una ECC de un tercer país
- Artículo 25 bis — Cumplimiento equiparable
- Artículo 25 ter — Cumplimiento continuado de las condiciones de reconocimiento
- Artículo 25 quater — Colegio de ECC de terceros países
- Artículo 25 quinquies — Tasas
- Artículo 25 sexies — Ejercicio de las facultades a que se refieren los artículos 25 septies a 25 nonies
- Artículo 25 septies — Solicitud de información
- Artículo 25 octies — Investigaciones generales
- Artículo 25 nonies — Inspecciones in situ
- Artículo 25 decies — Normas de procedimiento para la adopción de medidas de supervisión y la imposición de multas
- Artículo 25 undecies — Multas
- Artículo 25 duodecies — Multas coercitivas
- Artículo 25 terdecies — Audiencia de las personas afectadas
- Artículo 25 quaterdecies — Publicación, naturaleza, ejecución y afectación de las multas y multas coercitivas
- Artículo 25 quindecies — Control del Tribunal de Justicia
- Artículo 25 sexdecies — Modificación del anexo IV
- Artículo 25 septdecies — Revocación del reconocimiento
- Artículo 25 octodecies — Medidas de supervisión de la AEVM
TÍTULO IV — REQUISITOS APLICABLES A LAS ECC
CAPÍTULO 1 — Requisitos en materia de organización
- Artículo 26 — Disposiciones generales
- Artículo 27 — Alta dirección y consejo
- Artículo 28 — Comité de riesgos
- Artículo 29 — Conservación de información
- Artículo 30 — Accionistas y socios con participaciones cualificadas
- Artículo 31 — Información a las autoridades competentes
- Artículo 32 — Evaluación
- Artículo 33 — Conflictos de intereses
- Artículo 34 — Continuidad de la actividad
- Artículo 35 — Externalización
CAPÍTULO 2 — Normas de conducta
CAPÍTULO 3 — Requisitos prudenciales
- Artículo 40 — Gestión de la exposición
- Artículo 41 — Requisitos en materia de márgenes
- Artículo 42 — Fondo de garantía frente a incumplimientos
- Artículo 43 — Otros recursos financieros
- Artículo 44 — Controles del riesgo de liquidez
- Artículo 45 — Prelación de las garantías en caso de incumplimiento
- Artículo 45 bis — Restricciones temporales en caso de caso de no incumplimiento importante
- Artículo 46 — Requisitos en materia de garantías
- Artículo 47 — Estrategia de inversión
- Artículo 48 — Procedimientos en caso de incumplimiento
- Artículo 49 — Revisión de modelos, pruebas de resistencia y pruebas retrospectivas
- Artículo 50 — Liquidación
CAPÍTULO 4 — Cálculos y presentación de informes a efectos del Reglamento (UE) no 575/2013
TÍTULO V — ACUERDOS DE INTEROPERABILIDAD
TÍTULO VI — INSCRIPCIÓN Y SUPERVISIÓN DE LOS REGISTROS DE OPERACIONES
CAPÍTULO 1 — Condiciones y procedimientos de inscripción de los registros de operaciones
- Artículo 55 — Inscripción de los registros de operaciones
- Artículo 56 — Solicitud de inscripción
- Artículo 57 — Notificación de la solicitud y consulta con las autoridades competentes previa a la inscripción
- Artículo 58 — Examen de la solicitud
- Artículo 59 — Notificación a la AEVM de la decisión relativa a la inscripción
- Artículo 60 — Ejercicio de las facultades a que se refieren los artículos 61 a 63
- Artículo 61 — Solicitud de información
- Artículo 62 — Investigaciones generales
- Artículo 63 — Inspecciones in situ
- Artículo 64 — Normas de procedimiento para la adopción de medidas de supervisión y la imposición de multas
- Artículo 65 — Multas
- Artículo 66 — Multas coercitivas
- Artículo 67 — Audiencia de las personas afectadas
- Artículo 68 — Divulgación, naturaleza, garantía de cumplimiento y afectación de multas y multas coercitivas
- Artículo 69 — Control del Tribunal de Justicia
- Artículo 70 — Modificación del anexo II
- Artículo 71 — Revocación de la inscripción
- Artículo 72 — Tasas de supervisión
- Artículo 73 — Medidas de supervisión de la AEVM
- Artículo 74 — Delegación de tareas de la AEVM en las autoridades competentes
CAPÍTULO 2 — Relaciones con terceros países
TÍTULO VII — REQUISITOS APLICABLES A LOS REGISTROS DE OPERACIONES
TÍTULO VIII — DISPOSICIONES COMUNES
TÍTULO IX — DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
- Final
- ANEXO I — Lista de infracciones a que se refiere el artículo 65, apartado 1
- ANEXO II — Lista de los coeficientes ligados a los factores agravantes o atenuantes en relación con la aplicación del artículo 65, apartado 3
- ANEXO III — Lista de infracciones a que se refiere el artículo 25 undecies, apartado 1
- ANEXO IV — Lista de los coeficientes ligados a los factores agravantes o atenuantes en relación con la aplicación del artículo 25 undecies, apartado 3