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Alternative Investment Fund Managers Directive (AIFMD)
ANEXO III

ANEXO III — DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN QUE SE HA DE FACILITAR EN CASO DE COMERCIALIZACIÓN PREVISTA EN EL ESTADO MIEMBRO DE ORIGEN DEL GFIA

    1. Un escrito de notificación, que comprenderá un programa de actividad en el que se identifique el FIA que se proponga comercializar el GFIA e información sobre el lugar en que se encuentra establecido.
    2. El reglamento del FIA o sus documentos constitutivos.
    3. La identificación del depositario del FIA.
    4. Una descripción del FIA, o cualquier información sobre este, a disposición de los inversores.
    5. Información sobre el lugar en que se encuentra establecido el FIA principal si el FIA es un FIA subordinado.
    6. Cualquier información adicional mencionada en el artículo 23, apartado 1, para cada FIA que el GFIA tenga intención de comercializar.
    7. Cuando proceda, información sobre las medidas establecidas para impedir la comercialización de participaciones del FIA entre inversores particulares, incluso en el caso de que el GFIA recurra a la actuación de entidades independientes para prestar servicios de inversión relativos al FIA.