Reglamento (CE) n o 1235/2008 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2008 , por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 834/2007 del Consejo en lo que se refiere a las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países
- Consideraciones
TÍTULO I — DISPOSICIONES PRELIMINARES
TÍTULO II — IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS QUE CUMPLEN LOS REQUISITOS
CAPÍTULO 1 — Lista de organismos y autoridades reconocidos a efectos de control del cumplimiento
- Artículo 3 — Recopilación y contenido de la lista de organismos y autoridades reconocidos a efectos de control del cumplimiento
- Artículo 4 — Procedimiento para solicitar la inclusión en la lista de organismos y autoridades reconocidos a efectos de control del cumplimiento
- Artículo 5 — Gestión y revisión de la lista de organismos y autoridades reconocidos a efectos de control del cumplimiento
CAPÍTULO 2 — Documentos justificativos necesarios para la importación de productos que cumplen los requisitos
TÍTULO III — IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS QUE PRESENTAN GARANTÍAS EQUIVALENTES
CAPÍTULO 1 — Lista de terceros países reconocidos
CAPÍTULO 2 — Lista de organismos y autoridades reconocidos a efectos de control de la equivalencia
- Artículo 10 — Recopilación y contenido de la lista de organismos y autoridades reconocidos a efectos de control de la equivalencia
- Artículo 11 — Procedimiento para solicitar la inclusión en la lista de organismos y autoridades reconocidos a efectos de control de la equivalencia
- Artículo 12 — Gestión y revisión de la lista de organismos y autoridades reconocidos a efectos de control de la equivalencia
CAPÍTULO 3 — Despacho a libre práctica de productos importados de conformidad con el artículo 33 del Reglamento (CE) no 834/2007
- Artículo 13 — Certificado de control
- Artículo 13 bis — Casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales
- Artículo 13 ter — Importador
- Artículo 13 quater — Derechos de acceso
- Artículo 13 quinquies — Integridad y legibilidad de la información
- Artículo 14 — Procedimientos aduaneros especiales
- Artículo 15 — Productos que no cumplen los requisitos
TÍTULO IV — DISPOSICIONES COMUNES
TÍTULO V — DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
- Final
- ANEXO I — LISTA DE ORGANISMOS Y AUTORIDADES DE CONTROL DEL CUMPLIMIENTO E INFORMACIÓN PERTINENTE A QUE SE HACE REFERENCIA EN EL ARTÍCULO 3
- ANEXO II
- ANEXO III — LISTA DE TERCEROS PAÍSES E INFORMACIÓN PERTINENTE A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 7
- ANEXO IV — LISTA DE ORGANISMOS Y AUTORIDADES DE CONTROL DE LA EQUIVALENCIA E INFORMACIÓN PERTINENTE A QUE SE HACE REFERENCIA EN EL ARTÍCULO 10
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII