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Decisión Marco 2002/584 (ODE)
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Decisión Marco 2002/584 (ODE)
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Consideraciones
CAPÍTULO 1 — PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1 — Definición de la orden de detención europea y obligación de ejecutarla
Artículo 2 — Ámbito de aplicación de la orden de detención europea
Artículo 3 — Motivos para la no ejecución obligatoria de la orden de detención europea
Artículo 4 — Motivos de no ejecución facultativa de la orden de detención europea
Artículo 4 bis — Resoluciones dictadas a raíz de un juicio celebrado sin comparecencia del imputado
Artículo 5 — Garantías que deberá dar el Estado miembro emisor en casos particulares
Artículo 6 — Determinación de las autoridades judiciales competentes
Artículo 7 — Intervención de la autoridad central
Artículo 8 — Contenido y formas de la orden de detención europea
CAPÍTULO 2 — PROCEDIMIENTO DE ENTREGA
Artículo 9 — Transmisión de una orden de detención europea
Artículo 10 — Procedimiento de transmisión de una orden de detención europea
Artículo 11 — Derechos de la persona buscada
Artículo 12 — Mantenimiento de la persona en detención
Artículo 13 — Consentimiento a la entrega
Artículo 14 — Audiencia de la persona buscada
Artículo 15 — Decisión sobre la entrega
Artículo 16 — Decisión en caso de concurrencia de solicitudes
Artículo 17 — Plazos y procedimiento de la decisión de ejecución de la orden de detención europea
Artículo 18 — Situación en espera de la decisión
Artículo 19 — Toma de declaración de la persona en espera de la decisión
Artículo 20 — Privilegios e inmunidades
Artículo 21 — Concurrencia de obligaciones internacionales
Artículo 22 — Notificación de la decisión
Artículo 23 — Plazo de entrega de la persona
Artículo 24 — Entrega suspendida o condicional
Artículo 25 — Tránsito
CAPÍTULO 3 — EFECTOS DE LA ENTREGA
Artículo 26 — Deducción del período de detención transcurrido en el Estado miembro de ejecución
Artículo 27 — Posibles actuaciones por otras infracciones
Artículo 28 — Entrega o extradición ulterior
Artículo 29 — Entrega de objetos
Artículo 30 — Gastos
CAPÍTULO 4 — DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES
Artículo 31 — Relación con otros instrumentos jurídicos
Artículo 32 — Disposición transitoria
Artículo 33 — Disposiciones relativas a Austria y a Gibraltar
Artículo 34 — Aplicación
Artículo 35 — Entrada en vigor
ANEXO — ORDEN DE DETENCIÓN EUROPEA(1)
Timeline
Publicado el: 13 de junio de 2002
En vigor desde el: 7 de agosto de 2002
Promulgado por
Consejo de la Unión Europea
Corregido por:
Corrección de errores (05)
Cambiado por:
Decisión marco 2009/299/JAI
Cambia:
42000A0922(02)
Cita:
Art. K
Decisión 2002/187
Citado por:
Decisión marco 2003/568/JAI
Directiva 2005/85/CE
Decisión 2006/758
Decisión marco 2006/960/JAI
Decisión marco 2007/533/JAI
Decisión marco 2008/633/JAI
Decisión marco 2008/909/JAI
Decisión marco 2008/978/JAI
Decisión marco 2009/829/JAI
Directiva 2010/64/UE
Decisión 2011/406
Directiva 2011/36/UE
Directiva 2012/13/UE
Reglamento (UE) № 258/2012
Decisión 2013/115
Directiva 2013/32/UE
Directiva 2013/48/UE
Reglamento (UE) № 603/2013
Decisión 2014/836
Decisión 2014/858
Directiva 2014/41/CE
Directiva (UE) 2016/800
Directiva (UE) 2016/1919
Reglamento (UE) 2016/794
Directiva (UE) 2017/541
Reglamento (UE) 2017/1939
Reglamento (UE) 2017/2226
Reglamento (UE) 2018/1240
Reglamento (UE) 2018/1862
Decisión (UE) 2019/274
Reglamento (UE) 2019/817
Reglamento (UE) 2019/818
Decisión 2020/48
Palabras clave
principio de reconocimiento mutuo
extradición
diligencia judicial
cooperación judicial
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Decisión Marco 2002/584 (ODE)
estado
Orden de Detención Europea (ODE)
Artículo 30
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Artículo 30 — Gastos
Los gastos causados en el territorio del Estado miembro de ejecución por la ejecución de la orden de detención europea serán sufragados por dicho Estado miembro.
Los demás gastos correrán a cargo del Estado miembro emisor.
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Versiónes / fechas
13 de junio de 2002
28 de marzo de 2009